viernes, 26 de agosto de 2011

Características de los Derechos Humanos



Innatos e inherentes
Todas las personas nacemos con Derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos.

Derechos universales
Todas las personas (mujeres, hombres, niños, niñas, adolescentes, jóvenes) tenemos Derechos independientemente del lugar donde nos encontremos.

Derechos inalienables e intransferibles
La persona humana no puede, sin que afecte su dignidad, renunciar a sus Derechos o negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los Derechos de los y las ciudadanos/as.

Derechos acumulativos, imprescriptibles e irreversibles
Una vez reconocidos formalmente los Derechos Humanos su vigencia no caduca, es decir no vence nunca, aún superadas las situaciones coyunturales que llevaron a reivindicarlos. Como la Humanidad es cambiante, las necesidades también, por ellos a través del tiempo vamos conquistando nuevos Derechos, que una vez alcanzados forman parte del patrocinio de la dignidad humana.

Derechos inviolables
Nadie puede atentar, lesionar o destruir los Derechos Humanos. Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto de los DDHH, las leyes no pueden ser contrarias a éstos ni las políticas públicas.

Derechos obligatorios
Los DDHH imponen una obligación concreta a las personas y a los Estados de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga. Queda claro entonces que es obligatorio respetar todos los DDHH que existen en nuestras leyes y también aquellos que no aparezcan directamente en ellas, por ejemplo el derecho a la objeción de conciencia o el derecho a la propiedad colectiva de la tierra de las comunidades indígenas.

Derechos trascendentales
Los DDHH evolucionan en la medida que la Humanidad cambia.

Derechos indivisibles, interdependientes, complementarios
Los DDHH están relacionados entre sí. Es decir no podemos hacer ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros. La negación de un Derecho supone la de todos los Derechos. El disfrute de un Derecho no se puede hacer a costa de los demás Derechos. Uno complementa al otro.

Derechos no jerarquizables
Ninguno tiene un orden de importancia ni jerarquía.

Derechos evolutivos
La comunidad internacional puede y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando los DDHH de su población, sin que esto argumente una violación a la soberanía de ese Estado.



Contacto
Twitter @waltrejo
Skype: waltertrejovenezuela
MSN: waltrejo@hotmail.com
Facebook: walter joseph trejo urquiola
Mérida 5101, Mérida / Venezuela.





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